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Derecho al Olvido

Dada la dimensión actual de Internet y los diferentes contenidos, herramientas y redes sociales que este nos ofrece, se almacenan cantidades inmensas de datos que nosotros mismos proporcionamos, en ocasiones sin ser conscientes de ello, construyendo lo que se conoce como huella digital. Y es que, quién no ha buscado su nombre en Internet en alguna ocasión para observar la información que aparece relativa a nosotros mismos. Si efectivamente lo has hecho, habrás encontrado información que no sabías que era accesible. Con mayor frecuencia encontraremos los perfiles de las redes sociales que utilizamos actualmente o aquellas que hemos dejado de utilizar, aunque también puede encontrarse información relativa a ciertas administraciones públicas u otros organismos, siempre dependiendo de la actividad que tengamos en Internet y de la importancia que demos a nuestra privacidad. Actualmente existen ciertos mecanismos que permiten solicitar la eliminación de los resultados que aparecen en las búsquedas, que realizamos en los motores, de nuestro nombre, todos conocidos como “Derecho al Olvido” o “Derecho de Supresión”.

 

¿En qué consiste?

A pesar de ser conocido como derecho al olvido, su denominación correcta es derecho de supresión, y consiste en el derecho de poder solicitar, siempre que se cumplan una serie de condiciones previas, la eliminación o supresión de enlaces que conduzcan a datos personales en los resultados de una búsqueda en Internet, independientemente de cuál sea el motor de búsqueda utilizado, bajo un nombre personal. Este hecho quiere decir, que se eliminarán aquellos resultados de Internet que hayamos solicitado al haber realizado una búsqueda bajo nuestro nombre, pero no se eliminará el contenido en cuestión ni la fuente original, que si seguirá apareciendo al realizar búsquedas bajo otros posibles términos que conduzcan al mismo contenido.

Dicho derecho está recogido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), y considera como derecho de los usuarios de Internet la opción a solicitar la eliminación de enlaces o URL’s que aparecen en los motores de búsqueda en los que figuren datos personales al realizarse una consulta mediante un nombre o cualquier elemento identificativo. El RGPD, al ser un reglamento europeo, solo otorga el derecho de supresión o derecho al olvido en aquellos dominios de carácter europeo, es decir, los enlaces que dirigen a información personal seguirán estando disponibles en los dominios de los buscadores fuera de Europa.

 

¿Quién puede ejercer el Derecho al Olvido?

Cualquier usuario de Internet que lo desee, siempre que se cumplan las condiciones descritas tanto por la normativa vigente como por la empresa responsable, en este caso los motores de búsqueda. Cada solicitud será revisada exhaustivamente por las empresas al cargo con el fin de asegurar y garantizar que las solicitudes cumplen con dichas condiciones y podrá desestimar aquellas que consideren que contienen información pertinente o de interés general para el resto de usuarios de Internet. Algunas de las circunstancias por las que se otorga el derecho a la supresión son las siguientes:

  • Los datos personales ya no son necesarios en relación a los fines para los que fueron recogidos.
  • Si se retira el consentimiento de tratamiento de tus datos personales.
  • Si te opusiste al tratamiento de datos de carácter personal.
  • Si los datos personales han sido tratados de forma ilícita.

 

¿Dónde ejecutarlo?

En primer lugar, se solicitará el derecho al olvido o derecho de supresión ante los propios buscadores de Internet mediante una serie de formularios que los mismos motores de búsqueda facilitan. En caso de no encontrar respuesta por parte de los mismos o no estar conforme con la resolución de la solicitud, se podrá recurrir ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) mediante otro formulario. Los formularios incluyen una serie de preguntas a completar como el nombre completo de la persona que realiza la solicitud, nombre de la persona de la que se pretende eliminar la información en caso de estar representada, palabras clave para realizar la búsqueda o el propio enlace o URL que se pretenda eliminar de los resultados de búsqueda. Para los principales motores de búsqueda el formulario se encuentra en los siguientes enlaces adjuntos:

Otra de las propiedades o características que se incluyen en la normativa es el derecho al olvido o supresión de los datos personales en redes sociales una vez se haya solicitado la eliminación completa del perfil en la red social, ya que hay ocasiones que a pesar de borrar la cuenta en redes sociales sigue apareciendo en los resultados de búsqueda. Para ello hay que distinguir entre la solicitud de eliminación total o atemporal del perfil y la suspensión temporal del mismo, la cual no otorga este derecho puesto que puede volver a ser activada, continuando con la información y contenidos ya existentes hasta la fecha de la solicitud.  Las redes sociales Facebook e Instagram hacen la distinción entre ambos conceptos, pero una vez solicitada la baja definitiva, estás deberán borrar cualquier foto, video o contenido asociado a su cuenta. Otras redes sociales como Twitter o TikTok tardarán 30 días en hacer efectiva la supresión definitiva de la cuenta, facilitando la activación del perfil durante dicho periodo en caso de rectificación.

El derecho a la supresión, más conocido como derecho al olvido, es un mecanismo legal para garantizar la privacidad personal en Internet que está al alcance de todos los usuarios, pero de carácter reactivo. Es importante tomar conciencia de los datos e informaciones que publicamos o aceptamos y la implicación que estos pueden tener en nuestra vida personal y profesional, realizando un enfoque proactivo de la actividad que generamos en Internet.

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